CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS
De una parte, INTE, Implantación de nuevas técnicas empresariales S.L. (en adelante INTE), con CIF núm. B61386777 y domicilio social en C. Sant Martí 3 de Sant Cugat del Vallès, Barcelona (Catalunya), Sociedad de Responsabilidad Limitada constituida en Barcelona e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 29858, folio 0073, hoja 163237 e inscripción 1ª.
De otra parte el contratante, persona física o jurídica que cumplimenta el formulario de contratación con los datos:
Representante: . . . . . . . . . . , mayor de edad con domicilio profesional en
. . . . . . . . . . , . . . . . ,
actuando en nombre y representación de la compañia mercantil
. . . . . , con domicilio en . . . . . . . . . . , . . . . . . . . . . , . . . . .
y provista de CIF núm. . . . . . . En lo sucesivo también referido como el CLIENTE.
Ambas partes manifestando tener y reconocindose recíprocamente capacidad legal suficiente para suscribir el presente contrato,
aceptando los términos y condiciones establecidos en las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERO.- Definiciones
I.- INTE: Inte, implantación de nuevas técnicas empresariales es una empresa del sector de las nuevas tecnologías, siendo una de las actividades prestadas habitualmente, la del servicio de Hospedaje (Hosting) de Websites.
II.-CLIENTE: todo aquella persona física o jurídica que cumplimenta el formulario de contratación y elige alguno de los servicios ofrecidos por INTE a través de su URL www.inte.es y que figura como una de las partes contratantes.
SEGUNDO.- Objeto del contrato
El presente contrato tiene por objeto regular las condiciones en las que el cliente accede a los servicios técnicos elegidos por el CLIENTE y que INTE presta, así como fijar las condiciones y forma de remuneración del CLIENTE a INTE.
TERCERO.- Compromiso de las partes
Obligaciones de INTE:
INTE, cumplirá con las responsabilidades profesionales derivadas de la prestación del servicio objeto de este contrato, comprometiéndose a poner toda su experiencia y capacidad profesional al servicio de esa labor.
En cuanto al servicio de hospedaje (Hosting), INTE se compromete a disponer de los medios técnicos y humanos necesarios para el correcto alojamiento de los websites.
Obligaciones del CLIENTE:
El CLIENTE, además del pago del precio estipulado, se obliga a facilitar a INTE toda la información necesaria a fin de que los profesionales de INTE puedan realizar los trabajos encomendados con total normalidad.
La demora en la entrega por parte del CLIENTE supondrá la consecuente demora en el hospedaje del WEBSITE por parte de INTE.
CUARTO.- Contraprestación.
En justa contraprestación por los servicios prestados y descritos en el pacto primero del presente acuerdo, el CLIENTE
abonará a INTE la suma correspondiente al conjunto de servicios contratados según las tarifas publicadas por INTE en www.inte.es.
Dichas tarifas se actualizarán anualmente.
Las cantidades resultantes deberán verse incrementadas con el Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente y que el CLIENTE abonará igualmente a INTE.
La falta de pago en término, facultará a INTE a suspender el servicio inmediatamente hasta su efectivo pago,
todo ello, sin perjuicio de los efectos derivados del incumplimiento contractual que se señalan en la cálusula décima.
QUINTO.- Forma de pago.
El pago de la cantidad correspondiente al conjunto de servicios contratados se hará efectiva mensualmente, mediante
la domiciliación del recibo en la cuenta corriente nº --- titularidad del CLIENTE.
Dicho recibo se pasar al cobro dentro de la última semana del mes en que se devengue el mismo,
emitindose la factura correspondiente a dicho recibo durante la primera semana del mes de pago.
La facturación de los servicios, se iniciará a principios de mes, una vez que se haya puesto a disposición del CLIENTE el conjunto de servicios contratados.
SEXTO.- Entrada en vigor, duración y prórroga.
El presente contrato entrará en vigor desde el mismo día de su formalización, es decir en el momento que el CLIENTE tiene la posibilidad de acceder a la utilización de su servicio.
El presente contrato tendrá una duración de 1 mes, se prorrogará tácitamente con el pago de la siguiente factura y no se dará por finalizado mientras el cliente no manifieste la voluntad de rescindirlo, con una antelación de treinta días.
En cada renovación no se enviará copia del contrato, entendiéndose siempre vigente el publicado en la web https://inte.es/cas/contractacio/contracte.php?cl=2 que recoge la versión más actual.
SPTIMO.- Propiedad Intelectual.
El CLIENTE garantiza la titularidad de la información almacenada y puesta a disposición de los usuarios de Internet.
El CLIENTE exonera de cualquier responsabilidad a INTE relacionada con el contenido de la información almacenada y puesta a disposición de los usuarios de Internet.
Por lo tanto, el CLIENTE será el único responsable de cualquier reclamación
judicial o extrajudicial que se produzca relacionada con los contenidos dispuestos a través del servicio prestado por INTE.
El CLIENTE dará el consentimiento para que INTE pueda efectuar medidas de control necesarias para comprobar la licitud de la información
depositada en el servidor, de tal forma y manera que bajo ningún concepto pueda INTE ser declarado responsable subsidiario por la posibles
infracciones cometidas en referencia a la información entregada y puesta a disposición de los usuarios de Internet.
OCTAVO.- Garantas y responsabilidad de las partes.
INTE garantiza durante la vigencia del presente contrato la disponibilidad del àrea asignada al CLIENTE, para el almacenamiento de su información,
ponindola a disposición de los usuarios de Internet de forma ininterrumpida durante la vigencia del presente contrato.
INTE no asumirá responsabilidad alguna por la no ejecución o el retraso en la ejecución de cualquiera de las obligaciones contraídas en virtud del presente
contrato si tal falta de ejecución o retraso resultara o fuera consecuencia de un supuesto de fuerza mayor o caso fortuito admitido como tal por
la Jurisprudencia, en particular: los desastres naturales, fallo en la transmisión de los paquetes IP,
la guerra, el estado de sitio, las alteraciones de orden público, la huelga en los transportes, el corte de suministro eléctrico o cualquier otra medida excepcional
adoptada por las autoridades administrativas o gubernamentales.
Garantía de disponibilidad de red: en caso de pérdida de disponibilidad de red, se aplicarán las penalizaciones de la siguiente tabla,
medidas en porcentaje de descuento sobre la facturación mensual en conceptos que incluyan servicios técnicos de alojamiento.
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Porcentaje de descuento
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Disponibilidad de servicio (D) |
99% > D >= 98% |
10% |
98% > D >= 96% |
20% |
96% > D >= 90% |
30%
|
D < 90% |
100% |
Definición de las variables de medición:
La disponibilidad del servicio se calcula según la siguiente fórmula: D=(T-Td)/T
donde
D es el tiempo de disponibilidad del servicio
T es el tiempo total mensual.
Td es el tiempo con pérdida total de conectividad. Este tiempo de pérdida, será igual al que trascurre desde la apertura de la incidencia, hasta el cierre de dicha
incidencia.
Cálculo del tiempo de caída: el cómputo de esta magnitud se establecer desde que se ha dado noticia a INTE del acaecimiento del problema,
o desde que INTE ha apreciado el problema (apertura de la incidencia).
El tiempo de la incidencia finaliza cuando INTE comprueba que dicho servicio se ha restaurado completamente (cierre de incidencia).
No se considera tiempo de caída aquel debido a problemas derivados de un mal uso de la red, o una mala configuración de la red por parte del Cliente.
No se incluye dentro de éste tiempo cualquier corte de conectividad programado.
Las desactivaciones puntuales de los servicios por motivos de mantenimiento serán llevadas a cabo siempre en horarios nocturnos,
serán planificadas, breves y controladas. En caso de interrupciones de servicios superiores a una 1 hora, el cliente recibirá un
comunicado a través de correo electrónico con una antelación superior a 24h.
Asimismo, INTE se reserva el derecho de suspender el servicio en los siguientes supuestos: (i) cuando sea necesario para preservar
la integridad o la seguridad de los Servicios que se prestan, de los equipos, los sistemas o de las redes de INTE o de terceros,
siempre que afecten o puedan afectar a los servicios de INTE (ii) cuando así lo justifiquen razones operativas propias o de terceros
que afecten a la prestación de los Servicios de INTE.
En el caso en que concurra cualquiera de las circunstancias indicadas en el párrafo anterior y siempre que sea posible,
INTE lo comunicará al CLIENTE con la suficiente antelación antes de que se produzca la interrupción y/o suspensión del servicio.
En caso de aplicación de la garantía de disponibilidad de red,
la cuota de devolución será acreditada a la cuenta de cliente, y podrá ser deducida del siguiente pago por parte del CLIENTE.
Tanto el CLIENTE como INTE responderán de la totalidad de los daños y perjuicios que se irroguen a la otra parte contratante
(a título ilustrativo: reclamaciones de terceros, daños, deudas generadas, pérdidas, multas, gastos extraordinarios)
en todos los supuestos de conducta negligente o culposa en el cumplimiento de las obligaciones que respectivamente les incumben,
a tenor de lo pactado en el presente contrato, quedando no obstante, limitada la responsabilidad de INTE y CLIENTE, a los daños
directos y al importe correspondiente a la suma de las cuotas percibidas como contraprestación por los servicios objeto del presente contrato.
NOVENO.- Monitorización proactiva de los servicios.
INTE llevará a cabo tareas de monitorización y recuperación continuada de los servicios Internet contratados (en adelante servicios) según las siguientes cláusulas:
Todos los sistemas destinados a la prestación de servicios disponen de mecanismos de recuperación automática.
Los sistemas de publicación de páginas dispondrán de un sistema de alarma destinado a monitorizar, desde redes y sistemas externos a los empleados por INTE,
la disponibilidad del servicio en la red Internet.
En caso de producirse una incidencia y los sistemas no poder recuperar por si mismos la actividad, la central de alarmas se encargará de notificar a INTE
la pérdida del servicio mediante el envío de mensajes SMS con un período de notificación inferior a cinco 5 minutos.
Toda incidencia con un tiempo de resolución superior a una 1 hora, quedará registrada en el catálogo de incidencias de INTE.
El cliente afectado por la incidencia, recibirá notificación mediante correo electrónico, siendo informando debidamente de los
mecanismos correctivos y preventivos llevados a cabo para su resolución y prevención.
El período de respuesta para la intervención del equipo técnico de INTE no será nunca superior a las seis 6 horas.
DECIMO.- Resolución del contrato.
Sin perjuicio de las causas legales, ambas partes podrán unilateralmente optar por la terminación anticipada del contrato
en el supuesto de concurrir cualquiera de las siguientes circunstancias:
El incumplimiento por cualquiera de las partes de alguna de las obligaciones que en este contrato se establecen,
y ello salvo que el incumplimiento sea susceptible de subsanación, en cuyo caso, se enviará notificación escrita a la parte
incumplidora en la que se le comunicarán los detalles del incumplimiento y el requerimiento para que sea subsanado, pudindose en este último supuesto
resolver el contrato si el incumplimiento no queda subsanado en el plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la notificación
o exigir el cumplimiento del mismo.
La parte que resuelva el contrato conforme a este supuesto podrá además reclamar a la parte incumplidora la correspondiente
indemnización de daños y perjuicios, sin perjuicio de lo establecido en el segundo párrafo de la cláusula 8 en lo relativo al retraso allí contemplado.
Cuando la resolución anticipada del presente contrato, sea instada por el CLIENTE sin causa ni motivo justificado, o devenga del incumplimiento de pago por
parte del CLIENTE, éste último vendrá obligado a abonar las cuotas que restaran por abonar al momento de la resolución.
El haber sido declarada cualquiera de las partes en quiebra, en concurso de acreedores, insolvente fallido en cualquier procedimiento o sujeto a intervención judicial;
haber iniciado expediente de quita y espera o de suspensión de pagos o presentado solicitud judicial de quiebra voluntaria o de concurso de acreedores.
UNDECIMO.- Confidencialidad.
Las partes mantendrán en todo momento confidencialidad sobre los términos del presente acuerdo, así como sobre cualquier información y documentación,
de cualquier clase o naturaleza, que las mismas se intercambien con ocasión de las actividades realizadas al amparo de este contrato
(en adelante Información confidencial).
Las partes acuerdan no usar la Información Confidencial salvo para los fines del presente acuerdo, excepto que dicha Información Confidencial
se haya transformado de dominio público.
El incumplimiento por la parte receptora de las obligaciones de confidencialidad establecidas en este acuerdo, dará derecho a la otra parte contratante
a solicitar la correspondiente indemnización por daños y perjuicios.
DUODECIMO.- Protección de Datos Personales.
Ambas partes manifiestan y se comprometen recíprocamente a cumplir con la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal.
Igualmente y en la medida en que la prestación al CLIENTE de los servicios objeto del presente contrato, conlleve el acceso y/o tratamiento de datos de carácter
personal titularidad de éste o de sus clientes, INTE manifiesta, reconoce y se compromete de conformidad con el artculo 12 de la Ley 15/1999 de Protección de Datos
de Carcter Personal a:
a) INTE manifiesta contar con las medidas técnicas y organizativas de nivel básico necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal
incluidos en los ficheros titularidad del CLIENTE, cuya finalidad es evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estn expuestos, ya provengan de la acción humana, del medio fsico o natural. Las medidas de seguridad mencionadas son las determinadas en el R.D. 994/1999, de 11 de junio.
En caso de que los datos facilitados o titularidad del CLIENTE y/o de sus clientes requieran la aplicación de las medidas de seguridad de nivel medio o alto en materia de Protección de Datos, el CLIENTE deber informar de ello a INTE, quien en tal caso, se reserva la posibilidad de resolver anticipadamente el presente contrato, y sin que dicha resolución conlleve el derecho del CLIENTE a reclamar daños y perjuicios.
b) La rescisión, resolución o extinción del contrato de prestación de servicios, justificará la obligación por parte de INTE de cancelar los datos de carácter personal
facilitados por parte del CLIENTE. Estos datos tendrán que ser destruidos o devueltos al CLIENTE y/o a sus clientes, igual que cualquier soporte o documento en que
conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
DÉCIMOTERCERO.- Modificaciones.
INTE se reserva el derecho de modificar, en cualquier modo, las características y condiciones de sus servicios de alojamiento,
siempre en desarrollo y beneficio del propio servicio. Para ello no deberá cumplir más formalidad que la de informar al cliente
con un aviso on-line y/o llevar esta modificación a las cláusulas del contrato y/o remitirlo por correo electrónico.
Si como consecuencia del desarrollo I+D constante de INTE, así como de los avances técnicos y tecnológicos que se producen en los servicios de la sociedad de la información, se produjeran cambios en los servicios de alojamiento, otros servicios y sistemas de gestión, administración
(ej. nuevas formas de pago seguras en la red) de INTE, para la adaptación a estos avances se procederá, si se estima conveniente por parte de INTE, a realizar las modificaciones que sean necesarias para la adaptación a dichos avances.
En estos casos, INTE préviamente comunicará a los clientes la información sobre los cambios que les afecta y establecerá el plazo necesario en cada caso para que si el cliente no estuviera de acuerdo con dichos cambios pueda dar por resuelto este contrato.
INTE, en su actuar diligente y de buena fe en el ámbito de mercado de su actividad comercial, realizará estas modificaciones siempre que supongan un beneficio no sólo del desarrollo de las nuevas tecnologías, sino también del funcionamiento de la empresa e incluso del servicio ofrecido en este contrato de manera que no supongan un perjuicio a los clientes en todo su conjunto.
En caso de conflicto entre el perjuicio a un número reducido de clientes y el desarrollo de INTE y/o la adaptación a los avances técnicos y tecnológicos de los servicios de la sociedad de la información se atenderá al beneficio de la mayoría de los clientes en esta adaptación y al avance de INTE en el ámbito de las nuevas tecnologías.
DECIMOCUARTO.- Cláusulas adicionales.
Los encabezamientos de las distintas cláusulas son sólo informativos, y no afectarán, calificarán o ampliarán la interpretación de este contrato.
La no exigencia por cualquiera de las partes de cualquiera de sus derechos de conformidad con el presente contrato no se considerará que constituye
una renuncia de dichos derechos en el futuro.
Las estipulaciones incluidas en el presente contrato con intención expresa o impílcita de que continúen en vigor tras el momento de la resolución o
vencimiento del mismo, se mantendrán en vigor y continuarán vinculando a ambas partes conforme a lo estipulado.
DECIMOQUINTO.- Notificaciones.
Toda comunicación y/o requerimiento que, derivado de este contrato, se produzca entre las partes, se realizará a través de correo electrónico, a las siguientes direcciones:
INTE: global@inte.es
El CLIENTE: . . . . .
Tales comunicaciones y/o requerimientos se considerarán como realizados en el momento que debiera haber sido recibido, según el uso común, ese correo electrónico. Cualquier cambio de los anteriores datos deber ser notificado.
DECIMOSEXTO.- Legislación aplicable y tribunales competentes.
Para la decisión de todas las cuestiones de interpretación o litigio derivadas del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Este contrato se regirá e interpretará de acuerdo con la Ley española.
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